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Se recuerda que están prohibidas las quemas intencionales en inmuebles privados o públicos

La Municipalidad recuerda que la ley nacional 26.562 regula la materia y prevé sanciones para quien incumple con la prohibición de quema. Asimismo en el Municipio se encuentra vigente el Código Ambiental (Ordenanza 623) que dispone la prohibición de realizar acciones o procesos que degraden o sean susceptibles de degradar el ambiente y sus recursos, incluyendo la contaminación atmosférica en cualquiera de sus formas. Además, dependiendo de la gravedad del hecho, puede derivar en la tramitación de actuaciones de carácter penal.

La degradación de residuos o reducción de vegetación es una actividad que sin previa autorización por los organismos competentes se encuentra prohibida su realización por los riesgos a la seguridad pública.

Por tal motivo, se solicita la colaboración de todos para canalizar las necesidades por la vía correspondiente y no ejerciendo actos que pongan en riesgo la salud y el ambiente.

Cabe recordar, que el Centro de Atención al Vecino (423232) está disponible para consultas o peticiones concernientes a la temática.

Actos de este tipo han culminado con la intervención del área de inspección general municipal o bomberos voluntarios,  a  fin de evitar un mal mayor, sobre todo ante este clima de altas temperaturas y sequía.

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